De conformidad con el artículo 79 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 21 de la Ley 2068 de 2020, es un contrato de adhesión, que una persona natural o jurídica celebra con el propósito principal de prestar alojamiento a otra persona denominada huésped, mediante el pago del precio respectivo, por un plazo inferior a 30 días.
El numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1480 de 2011, señala que las cláusulas son dispuestas por el productor o proveedor, de manera que el consumidor no puede modificarlas, ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas.